Bien, Agenjo, pues ya te ha contestado Carloscn, bastante bien.
Tan sólo, voy a completar un poco su explicación, que vuelvo a decirte que bien resumida y explicada. El taxi, para realizar transporte interurbano, debe poseer tarjeta de transportes y ahí en residencia de la autorización, casillero abajo del todo de la tarjeta, es donde dice al municipio que pertenece ese vehículo. No se debe confundir este con el domicilio fiscal, ya que el taxista, puede vivir en un municipio y tener el taxi en el otro.
El coger viajeros fuera del término municipal, tal y como dice carloscn, lo prohíbe el art. 125 del ROTT y se denuncia por el art. 198.21, en boletín que se remitirá a la delegación de transportes de la comunidad autónoma que se pertenezca.
Un saludo