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En esta categoría puedes encontrar comentarios referentes a la normativa en transportes
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TEMA: VEHICULO LIMOUSINA

Re: VEHICULO LIMOUSINA 11 años 8 meses antes #696

  • jleon
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Pues no entiendo bien la pregunta.
Una limusina es un turismo. Para conducirlo otra persona no requiere nada especial, tanto la conducción como la circulación, debe poseer los requisitos normales que le exige la normativa de seguridad vial a cualquier vehículo. Distinto es la actividad que ejerce, si realiza transporte, deberá encuadrarse en el tipo de transporte que realiza y someterse a las normas exigidas para ese tipo de transporte

Un saludo
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Re: VEHICULO LIMOUSINA 11 años 8 meses antes #694

hola, el tema legal lo tengo.
lo que buscamos es si, puede circular un vehiculo limousina a nombre de un particular, conducido por otro particular distinto, sin tener que cumplir ningun requisito legal; aunque sabemos que el servicio lo hace hacia un restaurante como ya expliqué.
gracias por tu atencion
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Re: VEHICULO LIMOUSINA 11 años 8 meses antes #686

Habría que establecer si el transporte es particular (obviamente no), privado complementario (si el vehículo es propiedad del restaurante y el conductor pertenece al mismo o es asalariado, parece que sí) o público (si no se puede probar que se cobre por él de forma independiente a la cena en el restaurante es harto difícil), por lo que no pudiendo acreditar que hace un alquiler con conductor sí podría denunciarse por realizar un privado complementario de viajeros incumpliendo las condiciones legalmente establecidas. Saludos.
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Re: VEHICULO LIMOUSINA 11 años 8 meses antes #683

  • jleon
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Templario88, yo creo que ofrece demasiado servicio, sin cobro, para una simple cena. Entiendo al igual que Ray, que el servicio que está haciendo, se parece al alquiler con conductor, pero dudo bastante tenga tarjeta de la serie VTC. De todas maneras, si no puedes probar ningún cobro, debe cumplir de todas formas todos los requisitos del privado complementario (art. 102 de la LOTT) y según dices tú no los cumple. Repito, al ser de menos de 9 plazas, no tendría que tener tarjeta de transporte, pero el vehículo debe estar a nombre del restaurante, el conductor asalariado del mismo y lo principal en este servicio, debe ser la cena, no el paseo.

Un saludo
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Re: VEHICULO LIMOUSINA 11 años 8 meses antes #677

  • Ray
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Buenas noches:

Los vehículos de servicio especial como son las limosunas vienen regulados en el Real Decreto 763/1979, de 16 de marzo, por el que se aprueba el Reglamento nacional de los servicios urbanos e interurbanos de transportes en automóviles ligeros.
Están englobados como servicio de clase "C": Especiales o de abono (alquiler con conductor). Vehículos que prestan servicios dentro o fuera de los núcleos urbanizados, diferentes a los de las clases anteriores, ya sea por su mayor potencia, capacidad, lujo, dedicación, finalidad, etc, ya porque los conductores tienen conocimientos acreditados superiores a los obligados e inherentes a los de su profesión y apropiados a la especialidad que les caracteriza (turística, representativa, etc).

Tienen una regulación muy especial y no hay cabida a lo indicas sobre el servicio que prestan.
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Re: VEHICULO LIMOUSINA 11 años 8 meses antes #676

  • mohicano
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Dentro de lo aplicable a transportes no entraría porque en lo referente a los transportes de viajeros sería en vehículos de más de 9 plazas. Podrías verlo a través de la normativa de autotaxis pero, creo que al ser un servicio por el que no se factura, no cabría.
Con un poco tiempo intentaré argumentartelo mejor pero para comenzar a buscar creo que es buen camino.
Saludos
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