Buenas tardes Zeg.
Efectivamente un particular puede transportar en su vehículo hasta 333 kg o litros de esta materia, o lo que es lo mismo para que nos entendamos, puede llevar hasta 3 bombonas de Butano. Eso sí, la carga deberá ir sujeta y que no revista peligro.
Es por tanto una excepción parcial de esta materia, recogida en el ADR, que siempre se deberá considerar como mercancía peligrosa, con número onu 1011, indistintamente de las unidades transportadas o el embalaje utilizado, siendo el habitual el de recipiente a presión.
Saludos y me alegro que participes en el foro.