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En esta categoría puedes encontrar comentarios referentes a la normativa en transportes

TEMA: Albaranes en APP

Albaranes en APP 7 años 5 meses antes #2419

Ru escribió:
¿esta Orden es de aplicación a vehículos mixtos Isotermos que reparten comida a domicilio?
Realiza reparto de comida a domicilio en distintos sitios. Gracias.

Intuyo que dicho reparto de comida pueda realizarse en el marco de actividades de transporte de carácter privado complementario, de ser así, la referida Orden FOM no resulta de aplicación, puesto que únicamente es de aplicación a las actividades de transporte público de mercancías.

De ser así, y con independencia de que dicha actividad se encuentre o no sujeta a la preceptiva autorización habilitante, deberá acreditarse documentalmente que la mercancía tansportada es propia, en el marco de lo establecido en el artículo 102 LOTT.

Un saludo!
http://www.manualtrafico.com
"TRÁFICO. VIGILANCIA Y CONTROL"
Manual de referencia en materia de tráfico, circulación de vehículos y seguridad vial.
Última Edición: 7 años 5 meses antes por civesnia.
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Los siguientes usuarios han agradecido: Ru, davidgoms

Albaranes en APP 7 años 6 meses antes #2412

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Buenas noches, leyendo el tema y acordándome del comentario de un amigo, ¿esta Orden es de aplicación a vehículos mixtos Isotermos que reparten comida a domicilio?
Pues me comentó que le solicitaron la carta de porte en una parada. Realiza reparto de comida a domicilio en distintos sitios. Gracias.
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Albaranes en APP 8 años 2 meses antes #2268

Recibido,

Muchas gracias Civesnia, como siempre un placer leer tus aportes

Un saludo
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Albaranes en APP 8 años 2 meses antes #2237

El transporte de paquetería y mensajería está exento en relación con el documento de control administrativo para la realización de transporte público. Cita legal:

Orden FOM/2861/2012, de 13 de diciembre, por la que se regula el documento
de control administrativo exigible para la realización de transporte público de
mercancías por carretera.

Artículo 1. Objeto y ámbito de aplicación.
Esta orden tiene por objeto establecer el documento administrativo de control exigible
en los transportes públicos de mercancías por carretera, que deberá formalizarse en
relación con cada envío en que se materialicen los correspondientes contratos de
transporte, en ejecución de lo dispuesto en el artículo 222 del Real Decreto 1211/1990, de
28 de septiembre.

Artículo 2. Exenciones.
1. Lo dispuesto en esta orden no será de aplicación a los siguientes tipos de
transporte:
d) Servicios de paquetería y cualesquiera otros similares que impliquen la recogida o reparto de envíos de mercancías consistentes en un reducido número de bultos que puedan ser fácilmente manipulados por una persona sin otra ayuda que las máquinas o herramientas que lleve a bordo el vehículo utilizado.
http://www.manualtrafico.com
"TRÁFICO. VIGILANCIA Y CONTROL"
Manual de referencia en materia de tráfico, circulación de vehículos y seguridad vial.
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Albaranes en APP 8 años 3 meses antes #2229

Hola a tod@s,
No estoy muy puesto en transportes, eso lo primero.
Mi consulta y la forma de proceder ante este tipo de transportes.
Casi siempre son transportistas de mensajería (NACEX, SEUR, etc)
Necesitaría saber si es obligatorio llevar los albaranes de transporte físicamente (sé que deben llevarlos en papel), pero por lo que veo, se está poniendo de moda llevar los albaranes en digital, mediante APP de empresa en PDA o teléfono.
Lo digo porque posiblemente sea el futuro, para no llevar tanto papel, y claro debes coger el teléfono o PDA del conductor, o que este te muestre albaranes.
Sabeis donde esta recogido este tipo de información, LOTT posiblemente.
Si es denunciable, si solo llevan el móvil y no papel físico.
Espero haberme explicado correctamente la duda.
Gracias
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Moderadores: Ray, 46XXX45
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