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TEMA: OTROS TRABAJOS-CONDUCCIÓN

Re: OTROS TRABAJOS-CONDUCCIÓN 10 años 2 meses antes #1713

Negativo.
La conducción se computa solo lo que conduce al volante.
El descanso se computa lo que está descansando como tal (no cuenta ni otros trabajos ni disponibilidad).
Los otros trabajos y la disponibilidad se tendrán en cuenta si rompe el descanso, de manera que no haga el descanso seguido el tiempo necesario (tener en cuenta los margenes posibles), pero nunca se podrán sumar al computo de conducción.
Nos podemos encontrar que un repartidos esté trabajando durante 15 horas, pero conduciendo solo haga 4 horas, y le quedan las 9 horas de descanso, no habría infracción alguna.
El mismo conductor si hace las 15 horas metiendo "otros trabajos" cargando y descargando en tiempos de 15' y 30' o más, y el total de conducción es de 4h. 45' y el final de jornada lo hace con 7 horas de "otros trabajos" o "disponibilidad" aquí si que tenemos infracción LEVE, pues si bien ha parado de conducir, los otros trabajos no le dan descanso, pero solo se ha pasado 15' de tiempo, pues el resto de trabajo (las 7 horas de "otros trabajos" o "disponibilidad") no le pueden computar como conducción.
Espero haberlo explicado de forma clara.
Saludos.
Última Edición: 10 años 2 meses antes por lluiset.
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Re: OTROS TRABAJOS-CONDUCCIÓN 10 años 2 meses antes #1712

Vuelvo a discrepar.
Lo que se persigue es el descanso del conductor. Por lo tanto lo unico que computa a efectos de descanso es el descanso, que es cuando el chofer no esta ejerciendo ningun tipo de actividad, es decir descanso efectivo.
Tanto la disponibilidad como otros trabajos se engloban dentro de la conduccion diaria, ya que no es un dedcanso efectivo, se sta realizando una actividad que va en contra del descanso del conductor.
Lo que no te mata, te hace mas fuerte.
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Re: OTROS TRABAJOS-CONDUCCIÓN 10 años 2 meses antes #1711

  • jleon
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Otros trabajos, no cuentan como conducción. Un conductor, puede echar cuatro horas con el selector en otros trabajos, cuatro horas conduciendo una hora en disponibilidad y otras cuatro horas conduciendo, quedando hasta las 24 horas 11 horas, no habiendo infracción. Repito, otros trabajos no valen como descanso diario. Disponibilidad sí vale para interrupciones a la conducción pero no para el descanso diario y la conducción diaria es solo el tiempo de conducción.

Un saludo
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Re: OTROS TRABAJOS-CONDUCCIÓN 10 años 2 meses antes #1708

No estoy de acuerdo compañeros. Otros trabajos entra dentro de conduccion, ya que lo que computa a terminos de descanso, es en definitiva eso, descanso.
Tanto la conduccion, como la disponibilidad como otros trabajos, entran dentro de la conduccion ya que lo que se persigue es el descanso del profesional y realizando otros trabjos como la carga y descarga continua machando su cuerpo y no descansa.
Lo que no te mata, te hace mas fuerte.
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Re: OTROS TRABAJOS-CONDUCCIÓN 10 años 2 meses antes #1707

  • MG
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Muchas gracias , un saludo
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Re: OTROS TRABAJOS-CONDUCCIÓN 10 años 2 meses antes #1706

  • jleon
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Bien, pues no habría infracción si no hay una conducción real superior a 4 horas y media. Otros trabajos no es conducción, pero no se tiene en cuenta tampoco como pausa, por lo que repito, sería el tiempo real de conducción el que solamente habría que tener en cuenta para la posible infracción de conducción ininterrumpida

Un saludo
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