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TEMA: Duda transporte especial

Re: Duda transporte especial 11 años 2 meses antes #1086

Cierto lo que dice pesmolo. El caso que comenta Ray se refiere a agrícolas. En cuanto se pasan de la MMA lo deberá llevar con el permiso de conducción correspondiente a cada categoría.-
Burela - Lugo
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Re: Duda transporte especial 11 años 2 meses antes #1085

Hola, ray, no son lo mismo; un vehículo especial puede ser para obras, servicios por un lado y maquinaria agrícola y sus remolques por otro (según anexo II del RGveh); para cada tipo de vehículo especial se necesita un tipo de permiso, según sus masas, dimensiones, pasajeros, etc. (Art. 5, aptos. 8 y 9 del RGCond.). Por otro lado los vehículos en régimen de transporte especial se rigen en su circulación por el Anexo III del RGCir, del grupo I, que necesitan autorización especial para la circulación. Saludos
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Duda transporte especial 11 años 2 meses antes #1084

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Hola amig@s, os planteo duda sobre permiso de conducción regulado por el anterior RGCon. (RD 772/97) y relacionado con el transporte especial:

En relación a la Disposición Transitoria Quinta que reseño más abajo, mi duda es si un vehículo especial y vehículo en régimen de transporte especial son lo mismo en cuanto a la aplicación de esta disposición transitoria 5ª.
Y si es posible dónde lo especifica.
Real Decreto 818/2009, de 8 de mayo, por el que se aprueba el Reglamento General de Conductores
Disposición transitoria quinta. Permiso de conducción de la clase B.
Quienes a la entrada en vigor de este reglamento sean titulares de un permiso de conducción de la clase B podrán conducir vehículos especiales no agrícolas o sus conjuntos cuya velocidad máxima no exceda de 40 km/h, con independencia de cuál sea su masa máxima autorizada.



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