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TEMA: Minimotos ¿vehículo de motor - imputación penal?

Re: Minimotos ¿vehículo de motor - imputación penal? 12 años 6 meses antes #181

Ya se especificó la cilindrada de la pocket y otras características pero ni aún así.
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Re: Minimotos ¿vehículo de motor - imputación penal? 12 años 6 meses antes #180

Existen policías que tienen aparatos que pueden medir la cilindrada de la moto. En caso contrario se podría llevar a un taller oficial y que lo midan, eso podrá ser prueba para imputar....
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Re: Minimotos ¿vehículo de motor - imputación penal? 12 años 6 meses antes #179

quedicelforo escribió:
quedicelforo escribió:

Hay unos compañeros que ayer tuvieron un caso con minimoto, con un menor de 15 años, sin autorización administrativa para conducir.
Tienen la intención de imputar el delito de no haber obtenido nunca licencia o permiso.

Buenas,

Pues nada, que imputado quedó el menor de edad.
La fiscal no se extrañó de la imputación e incluso llegó a preguntar por la cilindrada.
Lo que no puedo asegurar es si finalmente llegaré a conocer si prosperará o no el delito.
Saludos.


Hola!

Ya tengo resultado por parte de fiscalía que es el archivo de las diligencias preliminares por ATIPICIDAD. En dicho decreto dice que "Visto el contenido de la denuncia anterior (se refiere al atestado) y como los hechos que se describen no tienen indiciariamente el carácter de infracción penal, archivad estas actuaciones..."

No tengo más información pero el resultado es el que he dicho.

Saludos.
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Re: Minimotos ¿vehículo de motor - imputación penal? 12 años 7 meses antes #82

Quedicelforo la respuesta ofrecida por la DGT a la citada consulta:

En contestación al escrito de \ /.c. del 27 de mayo, sobre la consulta acerca de la conducción de minimotos y mini-bikes en los supuestos contemplados en el art. 384 del vigente Código Penal, le participo lo siguiente:

A pesar de que no se encuentran definidas en el anexo II del Reglamento General de Vehículos, las minirnotos pueden ser consideradas como vehículos en sentido amplio, vehículos que no han sido autorizados para circular por las vías a las que se extiende el ámbito de aplicación de la Ley sobre Tráfico, Circulación de Vehículos a Motor y Seguridad Vial.

De acuerdo con lo previsto en el artículo 60 de dicha Ley, sólo los conductores de "vehículos a motor y ciclomotores" precisan de autorización
administrativa para conducir, de aquella que el Reglamento General ae Conductores determina, en función de las distintas categorías en que clasifica dichos vehículos.

El articulo 383 del Código Penal , en la redacción dada por la Ley Orgánica 15/2007 de 30 de noviembre, refiere la conducta que tipifica como delito a los vehículos y autorizaciones a los que se ha hecho referencia en el apartado anterior. Por tanto, como las minimotos no se encuentran entre dichos vehículos, su conducción no puede considerarse constitutiva del referido delito.


Entiendo que la Fiscal va a ejercitar la acción penal, sería interesante conocer si los hechos desembocan o no, en una sentencia condenatoria.

Un saludo!
http://www.manualtrafico.com
"TRÁFICO. VIGILANCIA Y CONTROL"
Manual de referencia en materia de tráfico, circulación de vehículos y seguridad vial.
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Re: Minimotos ¿vehículo de motor - imputación penal? 12 años 7 meses antes #81

civesnia escribió:

De la interpretación de la citada Instrucción, se desprende que las “pocket bikes” o “minimotos” poseen la consideración de vehículos a motor; no obstante, con fecha 27 de mayo de 2008, por parte del Excmo. Sr. General Jefe de la Agrupación de Tráfico, se eleva consulta a la D.G.T. en el sentido de si las “minimotos” deberían considerarse vehículos de motor, al objeto de aplicación del art. 384 del C.P. Con fecha 20 de agosto de 2008, la DGT se pronuncia al respecto en el sentido que sigue:

 Considera a las “minimotos” como vehículos en sentido amplio, vehículos cuya circulación por la vías objeto del ámbito de aplicación de la L.S.V. no ha sido autorizada; el art. 60 de la L.S.V. establece que sólo los conductores de “vehículos a motor y ciclomotores” precisan autorización administrativa para conducir. Por tanto, como las minimotos no se encuentran entre dichos vehículos su conducción no puede considerarse constitutiva del referido delito.

Buenas,

¿Podrías colgar o pasar dicha consulta en su totalidad?
Gracias.
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Re: Minimotos ¿vehículo de motor - imputación penal? 12 años 7 meses antes #80

quedicelforo escribió:

Hay unos compañeros que ayer tuvieron un caso con minimoto, con un menor de 15 años, sin autorización administrativa para conducir.
Tienen la intención de imputar el delito de no haber obtenido nunca licencia o permiso.

Buenas,

Pues nada, que imputado quedó el menor de edad.
La fiscal no se extrañó de la imputación e incluso llegó a preguntar por la cilindrada.
Lo que no puedo asegurar es si finalmente llegaré a conocer si prosperará o no el delito.
Saludos.
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