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TEMA: Conductor autoescula Cooperador necesario?

Conductor autoescula Cooperador necesario? 7 años 4 meses antes #2434

  • Agenjo
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He podido leer en prensa que en un accidente en el que ha resultao impliado un vehiculo de autoescuela. Al profesor de autoescula le han aplicado el delito de cooperador necesario, porque el alumno iba influenciado en la conducción y daba signos evidentes durante toda la clase de ir bajo la influencia de bebidas alcoholicas, al realizarle la prueba de alcoholemia ésta arroja una tasa positiva, (0´70).

Ahora me pregunto, si el alumno no ha cometido ningún delito penal (el conductor es el profesor de la autoescuela según la LSV) ¿En que base legal se apoyan para aplicar el delito de Cooperador Necesario al Profesor de la Autoescuela?

Damos como evidente que para imputar un delito previamente debe existir infraccion a la norma juridica. Si analizamos, el alumno No comete ningún acto delictivo, aunque en la prueba de alcoholemia haya dado POSITIVA, porque como se recoge en el Anexo I de la LSV "....en vehículos que circulen en función de aprendizaje de la conducción, tiene la consideración de conductor la persona que está a cargo de los mandos adicionales
el conductor del vehiculo es el profesor de la autoescula quedando el alumno eximido de toda culpa.

Por ello y vistos todos condicionantes, se concluye que el alumno no ha cometido NINGUN delito, si como hemos comentado mas arriba para imputar un delito, previamente debe existeir un quebranto de la norma, ¿Sabriais responderme porque le han atribuido el delito de de cooperador necesario.

Saludos.
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