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En esta categoría puedes encontrar comentarios referentes a la normativa en tráfico

TEMA: Exceso de MMA en vehículo mixto adaptable.

Exceso de MMA en vehículo mixto adaptable. 7 años 8 meses antes #2349

wuinslow escribió:
Buenas Noches, opinion….


Dicho esto:

Podemos precintar la carga delante de una ITV que se encuentra cerrada para al dia siguiente realizar el pesaje? Podríamos obligar a un conductor a pagar una bascula publica no homologada? Ser que no serviría para denunciar, pero si para no crearle un perjuicio al conductor en caso de que nosotros vayamos equivocados. Porque si no recuerdo mal, si inmoviliza por peso a partir del 12% de exceso.

Que opináis?

¿Entiendes que dichas acciones gozan de amparo legal?; ¿consideras la posibilidad de adoptar la medida de inmovilización con carácter digamos preventivo, sin acreditación de supuesto infractor previo?

Un saludo wuinslow.
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Exceso de MMA en vehículo mixto adaptable. 7 años 8 meses antes #2348

Agenjo escribió:
RGUB escribió:
Gracias por las aportaciones.
Un saludo.
Hola RGUB. Coincido en tu planteamiento.
En las veces que he actuado en este sentido,Si el vehiculo pertenece a empresa y lleva exceso de peso, yo aplico el procedimiento sancionador de transportes.
Si por el contrario, es un particular el RGC.
Saludos.

Dicho razonamiento te llevaría a aplicar LOTT a un turismo cuyo titular sea una persona jurídica y el RGCIR a un camión de particular destinado al transporte privado particular...

Un saludo.
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Exceso de MMA en vehículo mixto adaptable. 7 años 8 meses antes #2347

Muy agudo RGUB, pero únicamente me limito a trasladar el criterio seguido por la DGT, y el procedimiento de actuación derivado de la prestación de servicios de pesaje con báscula móvil o fija. Quizás el ciclomotor, represente un ejemplo de cuasi nula transcendencia a efectos prácticos como bien dices, pero un cuatriciclo ligero del tipo L6e-BU destinado al transporte de mercancías... :whistle:

Un saludo.
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Exceso de MMA en vehículo mixto adaptable. 7 años 8 meses antes #2346

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Buenas tardes.

Civesnia, en la línea de lo que argumentas, debemos entender que un ciclomotor, a pesar de no ser un vehículo que habitualmente se sobrecargue de peso, sería impune ante la normativa en relación al exeso de la MMA?

Si el artículo 1.1 de la LOTT solo contempla vehículos a motor, y el ciclomotor queda excluido como tal segun la normativa de tráfico, el dato de la MMA en su ficha técnica que sentido tiene?

Un saludo.
Saludos
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Exceso de MMA en vehículo mixto adaptable. 7 años 8 meses antes #2345

Discrepo totalmente con lo apuntado, en relación con los art. 9 RgCIR, y sobre todo 12 RgVEH (el cajón desastre para meter de todo)...El organismo autónomo JCT en la reciente RCI, para el precepto infringido consistente en rebasar, entre viajeros y equipaje, la MMA del vehículo, no fija sanción pecuniaria alguna, indicando claramente en observaciones que la sanción de dicho precepto es competencia de las CCAA; creo que huelga comentar en el marco de aplicación de qué normativa...

Un saludo.
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Exceso de MMA en vehículo mixto adaptable. 7 años 8 meses antes #2344

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RGUB escribió:
Gracias por las aportaciones.

Coincido con lo comentado por wuinslow, en lo que se refiere a vehículos destinados a transportar personas y equipaje sin ser una actividad que requiera autorización de transporte, cuando excedan su MMA debería denunciarse por el art. 9.1 RGC.
En el caso de vehículos destinados al transporte de mercancías o cosas se estaría a lo dispuesto en la LOTT.
Almenos es lo que se desprende de la normativa...

En caso de un vehículo mixto adaptable, entiendo que dependerá del uso que se esté dando en el momento. Bien sea por que transporta mercancia(LOTT) o bien personas y equipaje(RGC)

En referencia a denunciar el exceso de MMA por el art 12 RGV como alternativa, no lo comparto del todo, entendiendo que dicho artículo parece ir relacionado con la fabricación y/o accesorios de vehículos. En el caso en cuestión veo más una conducta negligente por parte del conductor, siendo responsable el mismo. De usarse el art 12, hablo de memoria, sería responsabilidad del titular, quien quizás no sea el mismo.
No obstante, habiendo posibilidad de aplicar una denuncia específica, evitaría alternativas máxime si éstas son mas gravosas a nivel sancionador, ya que podría interpretarse como una intención de perjudicar mas de lo debido.

Un saludo.
Hola RGUB. Coincido en tu planteamiento.
En las veces que he actuado en este sentido,Si el vehiculo pertenece a empresa y lleva exceso de peso, yo aplico el procedimiento sancionador de transportes.
Si por el contrario, es un particular el RGC.
Saludos.
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