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TEMA: fotocopia compulsada doc. extranjera

fotocopia compulsada doc. extranjera 8 años 4 semanas antes #2304

  • Ray
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Pues la intervención para mi es perfecta.
Sobre la validez de la compulsa, tal y como lo motivas, no debería ser válida y para ello podrías denunciar y adjuntar informe con lo que defiendes.
La validez de la compulsa puedes plantearla a la JPT de tu demarcación.
Las JPT compulsan por ejemplo, cuando se entrega el pnc para su canje, para acreditar que poseen permiso y están en tramitación.
Intentaré buscar lo que dice la normativa sobre el cotejo, compulsa y relacionado, pues había normativa que hacía mención.
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fotocopia compulsada doc. extranjera 8 años 4 semanas antes #2303

Gracias ray, consultado uk, el PNC es válido, la compulsa apenas se observa, y no identifica a el funcionario y organismo que la expide por el desgaste, pero a raíz de esta intervención surgió la duda sobre la validez de estos documentos extranjeros fotocopiados.
Yo entiendo que
1 debería de haber una justificación administrativa para la compulsa.
2 que esta debería ser realizada bien por el organismo que expidió el documento, bien por el organismo al que va dirigido el original.
3 que en la compulsa debe figurar organismo y funcionario que la expide.
Pero lo anterior son opiniones personales.
El motivo de la consulta es conocer si existe alguna norma que regule esto.
P.D.;
El conductor fue denunciado por el 15.4 rgcond.
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fotocopia compulsada doc. extranjera 8 años 4 semanas antes #2302

  • Ray
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Aquí hay dos temas muy importantes:
1. Que la fotocopia no esté manipulada o el documento fotocopiado provenga de uno original, que no sea falso.
2. La validez de la compulsa. Debe ser por un fedatario público reconocido.
A una fotocopia de PNC extranjero compulsada por la DGT o por notario, le doy validez.
Otra cosa es que ese documento de UK del año 97, si no recuerdo mal, es un papel plegado, pues para ese modelo tenían la obligación de entregarlo en su país para que se les expidiese uno en formato nuevo .
De todas formas yo lo que haría es realizar consulta a la embajada o bien DGT.
La infracción administrativa sería por presentar un pnc de vigencia ilimitada teniendo residencia/nacionalidad.
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fotocopia compulsada doc. extranjera 8 años 1 mes antes #2301

Buenos días;
A raíz de una intervención en la cual un ciudadano nacionalizado español presenta una fotocopia compulsada ( supuestamente, por que el sello no se ve bien) por un organismo español de un Permiso de Conducir Ingles de 1997, surgió la duda sobre la validez de dicho documento.

Buscando en internet, he encontrado lo siguiente:
Intrucción 99/V-24 de la DGT. (EXTRACTO)

....///....

1.- La DGT admite la validez generalizada de las fotocopias de todos los documentos que debe llevar el conductor como:

- Permiso de circulación, certificado de características, tarjeta de inspección técnica, seguro obligatorio, permiso de conducción y licencia de conducción.

2.- Se trata de una validez limitada, a efectos de acreditación formal ante los agentes, todo ello sin perjuicio de las comprobaciones ulteriores. No son duplicados ni sustituyen al original.

3.- A efectos de acreditar la posesión del documento original son válidas las fotocopias compulsadas por notarios, DGT y su Organización Periférica, Ayuntamientos y las propias fuerzas de vigilancia.

4.- Son válidas mientras que NO haya variación en los datos de los documentos originales.

Esta Instrucción hace referencia, entiendo a documentos españoles, pero sería también valida para documentos extranjeros?

También he encontrado la siguiente contestación de la Dirección de la Guardia Civil, aunque es un poco antigua.

"En relación con su correo electrónico, mediante el que consulta sobre la posibilidad de portar una fotocopia compulsada de permiso de conducir, u otros de tráfico a efectos legales, le informamos que una vez analizada la normativa que incide en la materia en cuestión, siendo entre otras la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, se considera lo que sigue:

1º.- No procedería la expedición de una "copia compulsada", toda vez que la Administración únicamente estará obligada a emitir copias compulsadas a instancia del interesado cuando vaya a privar por un tiempo de algún documento original al administrado a fin de incorporarlo a un procedimiento o cuando la propia Administración solicite la presentación de copia compulsada de aquel.

2º.- No se observa inconveniente en acceder, previa solicitud del interesado, a emitir "copia auténtica", con valor certificante del documento de "Permiso de Conducir", previa comprobación de la existencia de su original o de los datos en él contenidos.

El órgano competente para emitir dicha copia auténtica es el órgano que emitió el original, dicha copia deberá expedirse en el plazo máximo de un mes contado desde la recepción de la solicitud.

Por otra parte, la Ley 8/1989, de 13 de abril, de Tasas y Precios Públicos, en su artículo 13.b) dispone que podrán establecerse tasas por la prestación de servicios o realización de actividades en régimen de derecho público consistentes en la expedición de certificados o documentos a instancia de parte. Por consiguiente, la expedición de copia auténtica se encuentra gravada con la Tasa prevista en la Ley 13/1996, de 30 de diciembre, de Medidas Fiscales, Administrativas y del Orden Social y sus actualizaciones correspondientes.

Para finalizar, según lo expuesto anteriormente, se entiende que la aportación de copia compulsada del documento aludido cuando sea requerido por agentes encargados de la vigilancia del tráfico no tiene validez a efectos de acreditación de la condición de tenencia del correspondiente original. Si bien, la disposición de copia auténtica del mismo sí que tendría ese carácter acreditativo. Esta última únicamente puede ser expedida por la Jefatura Provincial de Tráfico, por lo que debería dirigir su solicitud (motivada) a la J.P.T. más próxima a tales fines.

Atentamente,
Dirección General de la Guardia Civil"

Después de lo anterior que parece que se contradicen, me sigue quedando la duda.

Un saludo.
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