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TEMA: Permiso de conducir español y a la vez de Marrueco

Permiso de conducir español y a la vez de Marrueco 8 años 4 meses antes #2158

quedicelforo escribió:

¿Está obligado sí o sí el conductor a canjear y por tanto entregar el permiso marroquí? ¿O tiene también la opción si quiere seguir conduciendo de sacarse el español y mantener los dos permisos? Es decir no beneficiarse del canje aunque por otro lado tenga otros beneficios.

Ahí dejo las dudas

La determinación legal prevista 21.3 dispone que toda vez que haya transcurrido el plazo reglamentario de validez en territorio nacional de los permisos expedidos en terceros países, si sus titulares desean seguir ejerciendo la conducción deberán obtener el permiso de conducción nacional; asimismo, en el inciso final de dicho apartado, se dispone que la obtención del permiso de conducir nacional será previa comprobación de los requisitos y superación de las pruebas correspondientes. Ahora bien, se entiende que dicha asertación opera en aquellos supuestos en los que no existe la posibilidad de canjear el permiso expedido en un tercer país, por no encontrarse su titular en ninguno de los supuestos contemplados en los apartados a y b del artículo 22.1 (en dichos casos la forma de obtener el permiso nacional será a través de la figura del canje).

A mayor abundamiento, el Acuerdo entre los Reinos de España y Marruecos sobre el reconocimiento recíproco y el canje de los permisos de conducción nacionales, dispone que "el titular de un permiso de conducción expedido por uno de los dos Estados que, conforme a la legislación interna de cada uno de ellos, establezca su residencia legal en el otro, si desea conducir en éste deberá canjear, según el procedimiento que se detalla en el Anexo II al presente documento, su permiso por el equivalente en el Estado de residencia, de acuerdo con la tabla de equivalencias del Anexo I." El término "deberá" implica obligación en relación con la figura del canje, desechándose la posibilidad de obtención del permiso nacional del Estado de residencia mediante la superación de las preceptivas pruebas de aptitudes y comportamientos.

Un saludo!
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Última Edición: 8 años 4 meses antes por civesnia.
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Permiso de conducir español y a la vez de Marrueco 8 años 4 meses antes #2157

El permiso español es de enero 2011 y la de expedición del de residencia es de diciembre de 2012, válido por 5 años.

Al ser el pnc español del 2011 entiendo que en esa fecha del 2011 ya era residente en España y por eso lo pudo obtener aquí.

Lo que no comprobé es si en el 2008 ya era residente o no. Según el conductor llevaba casi toda la vida aquí y ya me dejé guiar por eso.

Ahora mirando los requisitos para tener esa residencia de larga duración hay que acreditar 5 años viviendo en España, lo que nos iríamos al año 2007. Por tanto entiendo que no es canjeable el permiso, de hecho digo yo que tiene el español por eso.

Por otro lado, suponiendo que SÍ fuera canjeable, expresamente no está tipificada la intervención o retirada del permiso (creo), aunque se puede inferir y de hecho si me encontrase con la situación lo intervendría, aunque no lo tengo claro del todo la verdad.

¿Está obligado sí o sí el conductor a canjear y por tanto entregar el permiso marroquí? ¿O tiene también la opción si quiere seguir conduciendo de sacarse el español y mantener los dos permisos? Es decir no beneficiarse del canje aunque por otro lado tenga otros beneficios.

Ahí dejo las dudas
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Permiso de conducir español y a la vez de Marrueco 8 años 4 meses antes #2156

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Quedielforo ¿porque no procediste a la retirada del PNC marroquí? Ya que el permiso de origen SI puede ser canjeado si su obtención es anterior a la fecha en que adquiere su residencia en España.
PNC marroquí del 2008 y residencia 2012.

Artículo 22 Canje de los permisos de conducción por su equivalente español

1. Una vez transcurrido el plazo indicado en el párrafo c) del apartado 2 del artículo anterior, el titular del permiso de conducción podrá seguir conduciendo en España previo canje del permiso por su equivalente español en los siguientes supuestos:

a) Cuando se trate de los permisos a que se refiere el apartado 1.párrafo d) del artículo 21 y en el convenio particular esté autorizado su canje, que se realizará de acuerdo con las condiciones que se indiquen en el citado convenio.

¿Acaso no te da legitimidad este artículo para su retirada y remisión del PNC marroquí con su correspondiente informe. Haciendo constar el art. 22 referenciado?

Saludos.
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Permiso de conducir español y a la vez de Marrueco 8 años 4 meses antes #2155

Gracias civesnia.

Si te refieres al pnc formato tarjeta policarbonato, sí era ese modelo el que exhibió.

Pues nada, más dinero se ha gastado el conductor en tener dos permisos, eso sí más ventajas le va a sacar a su uso, independientemente del país por el que circule siempre podrá acreditar que es residente a efectos de no pagar multas en el acto.
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Permiso de conducir español y a la vez de Marrueco 8 años 4 meses antes #2154

quedicelforo escribió:
Hola!

Al final no hice ninguna intervención al respecto. No sé si se me escapa alguna irregularidad o infracción. Entiendo que se sacó el pnc marroquí siendo residente en España y que luego éste lógicamente no lo ha podido canjear y ha tenido que obtener el español.

Saludos

En principio nada que objetar y al tratarse de un permiso expedido en un tercer país no resulta de aplicación la previsión legal contemplada en el art. 1.4 del RgCON (prohibición de encontrarse en posesión de más de un permiso expedido en UE o EEE); de hecho, se contempla dicha posibilidad (ser titular de un permiso extranjero no susceptible de canje <no se especifica si como consecuencia de no existir convenio de canje o, existiendo, por no susceptibilidad de canje por inobservancia del requisito de residencia>) tal y como recoge el código nacional 106.4.

Un saludo!

P.D: a modo de curiosidad, dicho permiso marroquí expedido en 2008 debería haber sido renovado entre el 01/01/2015 y el 30/09/2015, al objeto de proceder a su sustitución por el modelo electrónico, de conformidad con la disposición transitoria prevista en el art. 309 de la Loi 52/02 portant code de la route.
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Permiso de conducir español y a la vez de Marrueco 8 años 4 meses antes #2148

Hola!

En un control se para vehículo y el conductor presenta permiso de residencia (España) y permiso de conducir de Marruecos. A priori tenía la pinta de denuncia administrativa pero luego enseña el permiso de conducir español.

El de residencia expedido en el 2012, de larga duración, autoriza a trabajar. El conductor manifiesta que lleva en España desde la infancia.

El pnc marroquí expedido en el año 2008. El pnc español lo tiene desde el 2011.

Informáticamente en el pnc español no había ninguna incidencia, ni intento de canje, ni canje denegado ni nada por el estilo.

Al final no hice ninguna intervención al respecto. No sé si se me escapa alguna irregularidad o infracción. Entiendo que se sacó el pnc marroquí siendo residente en España y que luego éste lógicamente no lo ha podido canjear y ha tenido que obtener el español.

Saludos
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