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TEMA: Nuevas Tecnologias telefónicas

Re: Nuevas Tecnologias telefónicas 9 años 3 meses antes #1972

Gracias Ray,
Art. 18.2
Queda prohibido conducir y utilizar cascos o auriculares conectados a aparatos receptores o reproductores de sonido, excepto durante la correspondiente enseñanza y la realización de las pruebas de aptitud en circuito abierto para la obtención del permiso de conducción de motocicletas de dos ruedas cuando así lo exija el Reglamento General de Conductores.

Se prohíbe la utilización durante la conducción de dispositivos de telefonía móvil y cualquier otro medio o sistema de comunicación, excepto cuando el desarrollo de la comunicación tenga lugar sin emplear las manos ni usar cascos, auriculares o instrumentos similares (artículo 11.3, párrafo segundo, del texto articulado).

Quedan exentos de dicha prohibición los agentes de la autoridad en el ejercicio de las funciones que tengan encomendadas (artículo 11.3, párrafo tercero, del texto articulado).
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Re: Nuevas Tecnologias telefónicas 9 años 3 meses antes #1971

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Se le aplica el artículo 18 RGC.

Feliz 2015
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Re: Nuevas Tecnologias telefónicas 9 años 3 meses antes #1970

Siento el amarillo:

Se prohíbe la utilización durante la conducción de dispositivos de telefonía móvil y cualquier otro medio o sistema de comunicación, excepto cuando el desarrollo de la comunicación tenga lugar sin emplear las manos ni usar cascos, auriculares o instrumentos similares.
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Nuevas Tecnologias telefónicas 9 años 3 meses antes #1969

Hola,
Quería tener vuestra opinión sobre las nuevas tecnologías, respecto al nuevo reloj que lleva incorporado aplicaciones como wassapp, llamadas, etc.
Todavía no he tenido la ocasión de ver la posible infracción.
Pero basándome en LSV, es denunciable.
Pero el hecho para mi será denunciable si se encuentra escribiendo en el reloj o se lo acerca a la boca para hablar.
Legislación:

Artículo 11 Normas generales de conductores
3. Queda prohibido conducir utilizando cascos o auriculares conectados a aparatos receptores o reproductores de sonido, excepto durante la realización de las pruebas de aptitud en circuito abierto para la obtención de permiso de conducción en las condiciones que se determinen reglamentariamente.

Se prohíbe la utilización durante la conducción de dispositivos de telefonía móvil y cualquier otro medio o sistema de comunicación, excepto cuando el desarrollo de la comunicación tenga lugar sin emplear las manos ni usar cascos, auriculares o instrumentos similares.

Quedan exentos de dicha prohibición los agentes de la autoridad en el ejercicio de las funciones que tengan encomendadas.
Un saludo a td@s
Feliz año 2015
P.D. Fotografía adjunta enviada para su autorización

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Última Edición: 9 años 3 meses antes por Ray.
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