Entendiendo que es un accidente y no hay dolo estariamos ante un mas que probable caso de imprudencia grave.
En el caso 1, procede detencion por homicidio imprudente.
En el caso 2, procede detencion por homicidio imprudente. Ademas si se determina que la alcoholemia a influenciado en la conduccion seria otro delito contra la seguridad vial por conducir bajo influencia del alcohol, un posible concurso de delitos.
El caso 3, procede detencion por un delito de lesiones por imprudencia grave.
Tanto el caso 2 como el 3, segun FGE, los fiscales impulsaran la accion penal a partir de 0'40 mg/l si puede determinarse influencia en la conducción, pero no obsta que policialmente puedas actuar si consideras que puedes argumentar tal influencia alcoholica en la conduccion.
Caso 4, las lesiones serian impunes penalmente y sujetas a la responsabilidad civi. No obstante podria valorarse un delito por conducir bajo influencia del alchohol y en tal caso cabría detención, aunque yo optaría en tal caso por imputar sin detención.
Como apunte indicar que si las lesiones de los casos 2 y 3 son constitutivas de las que se definen en el art 147 CP, seria perseguible a instancia de parte y no de oficio.