Bienvenido al foro Normatíva Tráfico

En esta categoría puedes encontrar comentarios referentes a la normativa en tráfico

TEMA: Duda sobre precepto infringido

Re: Duda sobre precepto infringido 10 años 1 mes antes #1734

Muchas gracias Ray por tu respuestas. Resumiendo, a ver si me ha quedado claro:
* Precepto infringido: Art. 159 y el texto vendría a ser algo así como: "Circular en sentido contrario al establecido.- Circular en sentido contrario al establecido mediante señal S-11"
* Calificación: MG
* Importe: 500 €
* Puntos a detraer: 6.



¿Es así?
Un saludo.
Última Edición: 10 años 1 mes antes por Shimote.
El administrador ha desactivado la escritura pública.

Re: Duda sobre precepto infringido 10 años 1 mes antes #1733

  • Ray
  • Avatar de Ray
  • DESCONECTADO
  • Karma: 11
Esa señal es otra cosa, indica:

S-11. Calzada de sentido único. Indica que, en la calzada que se prolonga en la dirección de la flecha, los vehículos deben [/u]circular en el sentido indicado por ésta, y que está prohibida la circulación en sentido contrario.

Siempre se discute que son señales de indicaciones generales y que no se pueden denunciar; a mi entender sí que se puede denunciar como infracción leve. Se denuncia por este articulo (159 RGC) cuando la infracción no esté contemplada de forma expresa en otros apartados del RGC.

Hay que tener en cuenta el artículo 65 LSV:

Artículo 65 Cuadro general de infracciones.
5. Son infracciones muy graves, cuando no sean constitutivas de delito, las siguientes conductas:
f) La circulación en sentido contrario al establecido.

Con esto queda claro que al no recogerse en un artículo concreto, se debe denunciar como infracción muy grave y la detracción oportuna de los puntos que le correspondan.
El administrador ha desactivado la escritura pública.

Re: Duda sobre precepto infringido 10 años 1 mes antes #1732

¿Y si la señal desobedecida fuese la S-11 cuyo significado es "Calzada de sentido único: Indica que, en la calzada que se prolonga en la dirección de la flecha, los vehículos deben circular en el sentido indicado por ésta, y que está prohibida la circulación en sentido contrario"?
Mi codificado no contempla "desobedecer una señal de indicación general"....
El administrador ha desactivado la escritura pública.

Re: Duda sobre precepto infringido 10 años 1 mes antes #1731

  • Ray
  • Avatar de Ray
  • DESCONECTADO
  • Karma: 11
Pues es tal y como indicas. Se denuncia por la placa omitida y en el caso que observes un riesgo concreto podría encuadrarse como conducción negligente o incluso temeraria, siempre motivando la conducta que añadida a la omisión de la placa represente tal calificación para la propuesta de sanción.
El administrador ha desactivado la escritura pública.

Duda sobre precepto infringido 10 años 1 mes antes #1729

Hola a tod@s. Tengo una duda en referencia sobre que artículo aplicar cuando un vehículo circula en sentido contrario al estipulado cuando se trata de una calzada de un único carril y sentido (típica calle de pueblo). He estado mirando el codificado y todos los textos referidos a circular en sentido contrario se refieren a calzadas de doble sentido o carriles reversibles. Parece que solo queda denunciar por no respetar una señal de prohibición (r-101 o r-100) o de obligación (r-400c). Otra opción sería denunciar por conducción temeraria. ¿Qué opináis? ¿Hay otro artículo más correcto y que a mí se me haya pasado?

Gracias por vuestra ayuda.
El administrador ha desactivado la escritura pública.
Moderadores: Ray
Tiempo de carga de la página: 0.077 segundos
Gracias a Foro Kunena