Hola,
Efectivamente la capacidad de carga o carga útil es el resultado de restar la tara a la MMA del vehiculo.
Un vehiculo no puede excederse de su carga util sin sobrepasar su MMA ya que que la tara del vehiculo es fija e invariable.
Para denunciar los excesos de peso, bien por eje o por vehiculo, solo se tiene en cuenta la MMA.
Solo podia darse un caso parecido al que especificas en vehiculos cuya MMA fuera inferior a su MMTA (Masa maxima tecnicamente admisible), pero a efectos de inspección y denuncia en relació al peso esto seria irrelevante.
Saludos