Hola;
Para saber si existe la obligación de la instalación y uso de tacografo, es necesario saber la naturaleza del transporte que se realizará, la MMA del vehiculo o conjunto y el lugar, incluso el radio del desplazamiento desde el origen.
Atendiendo a esto, sabremos si el transporte esta exento o ha de utilizarlo.
Esta claramente especificado REAL DECRETO 640/2007, de 18 de mayo, modificado por el Real Decreto 1163/2009, de 10 de julio.
Saludos