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TEMA: Velocidad máxima motocicleta con remolque

Re: Velocidad máxima motocicleta con remolque 12 años 7 meses antes #59

  • Ray
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Una vez revisadas las definiciones del Anexo II del Real Decreto 2822/1998, de 23 de diciembre, por el que se aprueba el Reglamento General de Vehículos, me inclino por las limitaciones que se establecen por vehículo y tipo de vía, pues sobre la norma más genérica prevalece la específica.
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Velocidad máxima motocicleta con remolque 12 años 7 meses antes #55

Aclarada en otro post la discrepancia surgida de la aparente contradicción existente entre el RGCIR y el RGVEH sobre la posibilidad de circulación de motocicletas y vehículos de tres ruedas, arrastrando remolque y, en relación con la velocidad máxima de circulación del conjunto de vehículos formado por una motocicleta y un remolque estaríamos a lo siguiente:

Real Decreto 1428/2003, de 21 de noviembre, por el que se aprueba el Reglamento General de Circulación para la aplicación y desarrollo del texto articulado de la Ley sobre tráfico, circulación de vehículos a motor y seguridad vial, aprobado por el Real Decreto Legislativo 339/1990, de 2 de marzo.

Artículo 12. Normas relativas a ciclos, ciclomotores y motocicletas.

4. Las motocicletas, los vehículos de tres ruedas, los ciclomotores y los ciclos y bicicletas podrán arrastrar un remolque o semirremolque, siempre que no superen el 50 % de la masa en vacío del vehículo tractor y se cumplan las siguientes condiciones:

b. Que la velocidad a que se circule en estas condiciones quede reducida en un 10 % respecto a las velocidades genéricas que para estos vehículos se establecen en el artículo 48.


Cita legal ésta de la que se desprende que la velocidad de circulación de las motocicletas, cuando arrastre un remolque, se reducirá en un 10 % con respecto a la velocidad genérica que para este vehículo se establezca en el artículo 48 de la norma legal referenciada. En base a esto, por ejemplo en autovías y autopistas, tendríamos una velocidad máxima de 108 km/h para una motocicleta que arrastre un remolque.

Ahora bien, profundizando un poco más en el tema y no perdiendo de vista las definiciones del Anexo I de la LSV:

Motocicleta. Automóvil de dos ruedas, con o sin sidecar, entendiendo como tal el habitáculo adosado lateralmente a la motocicleta, y el de tres ruedas.

Remolque. Vehículo concebido y construido para circular arrastrado por un vehículo de motor.

Conjunto de vehículos o tren de carretera. Grupo de vehículos acoplados que participan en la circulación como una unidad.


Una vez observadas las citadas definiciones, llegamos a la conclusión que la circulación de una motocicleta con remolque constituye un automóvil con remolque. Por tanto, para esta unidad del tráfico el propio artículo 48 del RGCIR establece unas velocidades máximas de circulación en función del tipo de vehículo y de la vía. En el caso de nuestro ejemplo, automóvil con remolque de hasta 750 kg de MMA en autovía o autopista, la velocidad máxima sería de 90 km/h; retomando la reducción del 10 % sobre ésta, tendríamos una velocidad máxima de circulación de 81 km/h.

Personalmente me inclino por aplicar la reducción del 10 % sobre las velocidades establecidas para automóviles con remolque (81 km/h), a pesar de que la literalidad de la norma pudiera desprenderse que la reducción del 10% sería de aplicación sobre las velocidades establecidas en el citado art. 48 para los vehículos reseñados, esto es, motocicletas, ciclomotores, vehículos de tres ruedas, etc; resultaría una incongruencia el obviar que estamos ante un automóvil con remolque, unidad para la que se establecen límites de velocidad específicos. Paralelamente y, desde el punto de vista de la seguridad vial, no cabe la menor duda que un remolque compromete más la estabilidad de una motocicleta que la un turismo, resultando ilógico el establecimiento de una mayor velocidad de circulación en el caso de las motocicletas con remolque con respecto a los turismos con remolque.

Opiniones al respecto: ¿108 km/h vs 81 km/h?

Un saludo!
http://www.manualtrafico.com
"TRÁFICO. VIGILANCIA Y CONTROL"
Manual de referencia en materia de tráfico, circulación de vehículos y seguridad vial.
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