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TEMA: Retrovisores en ciclomotor

Retrovisores en ciclomotor 7 años 1 mes antes #2451

  • Agenjo
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Davidgoms no es motivo de sanción el acto de circular con un retrovisor (el correspondiente al lado derecho).
Si sería sancionable, en el caso que le faltara el retrovisor del lado izquierdo, ya que nosotros circulamos por la derecha.

Reglamento General de Vehículos Art.11.2 y Anexo III.
Directiva 80/780/CEE.
Espero haberte sacado de dudas.
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Retrovisores en ciclomotor 7 años 1 mes antes #2450

Hola,
Quería saber si un ciclomotor sale de fábrica con dos retrovisores, y claro está, el RGV (Real Decreto 2822/1998, de 23 de diciembre, por el que se aprueba el Reglamento General de Vehículos), indica que es obligatorio el retrovisor izquierdo, y será opcional el derecho (Anexo III)

Mi pregunta es si es denunciable el hecho de no llevar el retrovisor derecho, el cual sale de fábrica con esos retrovisores, y el conductor sólo lleva uno el izquierdo.

En que reglamento o directiva explicaría esta situación.

Un saludo
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