Gracias por la ayuda Ray, esto es lo que dice el reglamento del taxi de mi comunidad autónoma :
Artículo 33. Contratación o reserva previa
1. Los servicios de taxi podrán ser objeto de concertación o reserva previa entre el titular de la actividad y el cliente, bien directamente bien mediante la utilización de centrales de reserva.
En estos supuestos, salvo indicación expresa efectuada en el momento de la referida concertación, el taxista o la central de reservas, según el caso, asumirán la responsabilidad de prestación efectiva del servicio ante el cliente.
2. Mediante su concertación previa, podrá contemplarse que el acceso de las personas usuarias al vehículo se efectúe en distinto término municipal a aquel en el que esté domiciliada la licencia de taxi, siempre que se cumplieran las siguientes condiciones:
a) Que el contrato se documentase por escrito con la persona usuaria del servicio o con un mandatario verbal suyo, debiendo en este último caso dejarse constancia escrita de la existencia del mandato antes del inicio del transporte.
b) Que el servicio concertado tuviese por destino efectivo el ayuntamiento en el que está domiciliada la licencia de taxi o se tratase de un servicio de taxi para personas usuarias de movilidad reducida y en silla de ruedas, siempre y cuando en los municipios de origen y destino no existiesen vehículos de taxi adaptados de conformidad con lo establecido en la legislación vigente.
3. En los supuestos previstos en el apartado anterior, el contrato de transporte habrá de llevarse en un lugar visible del vehículo durante el servicio, estando a disposición de la inspección de transportes en cualquier momento de la prestación del servicio.
Se establecerán reglamentariamente el contenido mínimo de estos contratos, así como las obligaciones de conservación y custodia y de comunicación a las administraciones competentes.
Lo que no especifica es el modelo de contrato o libro de ruta o similar que deben cumplimentar , lostaxistas con los que he hablado unos dicen que no saben nada y otros que pierden mas tiempo haciendo el contrato que realizar el servicio.
Igualmente, dicho reglamento en su artículo 61 apartado C dice: La realización de servicios de transporte iniciados en un término municipal distinto del que corresponde a la licencia de taxi, salvo en los supuestos legalmente exceptuados.
En relación a esto me pregunto si un taxista de un municipio A recibe una llamada de un cliente habitual residente en el municipio A para que vaya recogerlo al municipio B para trasladarlo a su domicilio (A) se entiende que el servicio se inicia en el municipio A o en el B?
Teniendo en cuenta el reglamento del taxi existente en mi comunidad autónoma es posible denunciar a través del RD 763/79 , lo pregunto puesto que hay infracciones que no aparecen reguladas en el reglamento de mi comunidad.
Un saludo.