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TEMA: Placas temporales de particulares y empresa.

Re: Placas temporales de particulares y empresa. 9 años 1 mes antes #2002

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civesnia escribió:
En relación con las placas temporales para uso de empresa "V":

- Vehículos matriculados en territorio nacional en situación registral de baja temporal.
- Deberá llevar la TIT con reconocimiento en vigor, a diferencia de las placas "S".
- Exigencia de SOA.
- Verificar resto de condiciones de circulación específicas de este tipo de permisos temporales, boletín de circulación, conductor habilitado, nº de ocupantes, prohibición de transportar carga, etc...

No obstante, si los vehículos que comentas no se encuentran de baja temporal, a pesar de haber sido "entregados" a un compraventa, no procede la aplicación de lo preceptuado para el permiso temporal. En este sentido, la situación registral del vehículo resulta determinante.

Entonces, cuando por alguna casualidad coincida con un vehículo de algún compraventa nacional, si estos circulan con matrícula normal, tendré que fijarme a nombre de quien está el vehículo, supuestamente, al entregar un vehículo a un compraventa, es obligación de estos ponerlo a su nombre en un plazo de 10 días, es cierto? Lo que llama mi atención es ver la flota de vehículos de compraventa, son muchos vehículos para tener asegurados por si algún futuro comprador desea probarlo, no se si tienen algun convenio o precio especial con las aseguradoras sino no lo entiendo. Muchas gracias por la ayuda civesnia.
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Re: Placas temporales de particulares y empresa. 9 años 1 mes antes #2000

En relación con las placas temporales para uso de empresa "V":

- Vehículos matriculados en territorio nacional en situación registral de baja temporal.
- Deberá llevar la TIT con reconocimiento en vigor, a diferencia de las placas "S".
- Exigencia de SOA.
- Verificar resto de condiciones de circulación específicas de este tipo de permisos temporales, boletín de circulación, conductor habilitado, nº de ocupantes, prohibición de transportar carga, etc...

No obstante, si los vehículos que comentas no se encuentran de baja temporal, a pesar de haber sido "entregados" a un compraventa, no procede la aplicación de lo preceptuado para el permiso temporal. En este sentido, la situación registral del vehículo resulta determinante.

Un saludo!
http://www.manualtrafico.com
"TRÁFICO. VIGILANCIA Y CONTROL"
Manual de referencia en materia de tráfico, circulación de vehículos y seguridad vial.
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Re: Placas temporales de particulares y empresa. 9 años 1 mes antes #1999

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Gracias Ray, el próximo día que coincida con ellos así lo haré, el problema está en que siempre me cruzo con ellos cuando estoy fuera de servicio, tiempo al tiempo. En relación a estas placas de matrícula, llevo unos cuantos sábados observando un vehículo con placas de empresa S estacionado de madrugada en zona de ocio nocturno en la zona donde trabajo, y dudo mucho que esté realizando pruebas o transporte a esas horas y menos en horario no comercial. Conocidos míos me dicen que es el titular de una empresa de vehículos de importación, incluso lleva a sus ligues en ese coche (Audi A4 descapotable) a este también lo tengo en mi agenda, a ver que documentación me presenta el día que lo pare y a ver que dice en relación de las personas transportadas en dicho vehículo, en función del resultado, cabría la posibilidad de hacer un escrito a la JPT de mi ciudad para que tomen medidas al respecto? La actuación En cuanto a los vehículos con placas S se refiere la tengo clara, lo que nunca se me dio fue un caso de vehículos con placas V, normalmente los concesionarios de vehículos de segunda mano tienen la flota de vehículos de ocasión matriculados con las matriculas de origen y me consta que salen a probarlos por carretera con el futuro comprador y con matrícula normal, mi duda está en que si tienen una flota de 100 vehículos de ocasión para vender, tienen seguros concertados para esos 100 vehículos o bien están incurriendo en alguna infracción por no llevar la placa de matrícula de empresa con letra V? En teoría cuando alguien hace entrega de un vehículo a un concesionario de vehículos de ocasión o segunda mano, es obligación de la empresa darlo de baja temporal a los 10 días y pasado un año, si todavía no fue capaz de vender el vehículo estaría obligado a ponerlo a nombre de la empresa es correcto? No entiendo muy bien la forma de proceder con vehículos con placas de matrícula V, si alguien me lo puede explicar se lo agradecería mucho, un saludo.
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Re: Placas temporales de particulares y empresa. 9 años 1 mes antes #1998

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Pues para tener claro la situación de esos vehículos lo idóneo sería pararlos y comprobar la documentación; podrían ser vehículos en pruebas por lo que tendrían que portar la señal V-12, es decir, la FV que es la placa de ensayo o investigación.
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Re: Placas temporales de particulares y empresa. 9 años 1 mes antes #1997

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Me respondo a mí mismo, me hice un lío con la placa S al entender que dicha placa solo se puede utilizar en vehículos no matriculados en España pero que si estuvieran matriculados en el extranjero, en el caso que expongo, los autobuses y los vehículos del ejercito todavía no están matriculados en España y por ese motivo pueden circular con placas de empresa S. Yo daba por hecho que las placas rojas con letra S solo se podían utilizar en vehículos que estaban matriculados en el extranjero, la típica empresa de importación de vehículos extranjeros por ejemplo.
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Placas temporales de particulares y empresa. 9 años 1 mes antes #1996

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Hola a todos, llevo unos días cruzándome con unos autobuses parecidos a los urbanos que hay en cualquier ciudad y que circulan provistos de unas placas de matrícula temporales con la letra S, dichos autobuses se ve que salen a probarlos o depositarlos en alguna base donde los recogen para trasladarlos a su destino donde les darán la utilidad correspondiente (supongo). También hay una empresa en el polígono industrial donde yo resido que fabrica vehículos para el ejército e igualmente salen a probarlos con placas rojas con letra S, mi pregunta es, pueden hacer esto? Desde mi punto de vista creo que no, puesto que las placas de matrícula temporales de empresa con letra S solo las pueden llevar vehículos que previamente fueron matriculados en el extranjero, igualmente, si llegan a estar circulando con placas rojas con letra V tampoco podrían hacerlo puesto que ampara la circulación de vehículos matriculados en España y que fueron dados de baja y entregados a una empresa de compra venta y solo pueden circular con ellos para ser probados por un futuro comprador (corregidme si estoy equivocado). Como último recurso que se me ocurre, cabría la posibilidad de las placas verdes para particulares, dichas placas hacen mención a las personas naturales o jurídicas y entiéndase persona jurídica como una empresa cierto? entonces, cabría la posibilidad de ceñirse a la opción de que el vehículo se hubiera adquirido en provincia distinta a aquella donde pretendan matricularlo.
Bueno, espero que podáis echarme un cable, tengo que decir que los vehículos a los que hago mención circulan totalmente carrozados.
Un saludo y gracias de antemano.
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