RGUB escribió:
Buenas noches.
Aprovechando la ocasión os consulto, bajo que precepto denunciarian la conducción con un permiso de la clase que corresponda al vehículo pero con la anotación del código armonizado 72 y ss., a tenor de que dicho codigo limita la conducción a unos vehículos en concreto.
Como ejemplo, un turismo conducido por quien ostenta pnc de clase b+73, que limita a triciclos y cuatriciclos ligeros.
O bien un pnc de Argentina canjeado al español que le consta b+ maximo3'5tm 2L y conduce un conjuntobde turismo y remolque.
Denunciarian por incumplimiento de las condiciones restrictivas o menciones del pnc art 3.1 RGCon, o por el contrario condicir un vehiculo con pnc que no habilita para ello art 1.1 RGCon?
Un saludo.
Hola!
En relación con el código la UE armonizado 72, conviene matizar que el mismo ha sido derogado por la Directiva 2012/36/UE, de 19 de noviembre de 2012, transpuesta al ordenamiento jurídico interno por la Orden INT/2229/2013. Asimismo, dicha normativa modifica el contenido del código 73, quedando limitado únicamente a los cuatriciclos de motor (B1), creándose el código 46 para limitaciones a triciclos.
Ante incumplimientos en materia de códigos de la UE armonizados y nacionales, comparto el criterio de Ray, en el sentido de denunciar por incumplimiento de condiciones restrictivas o menciones especiales que figuran en el permiso de conducción, siempre y cuando, el vehículo con el que se desarrolle el ejercicio de la conducción sea susceptible de conducción con el permiso que posea el interesado sin restricción. Aplicando dicho criterio al ejemplo que plantea RGUB estaríamos a lo siguiente:
Imaginemos un permiso de conducción de la clase B, derivado de canje de un permiso paraguayo (de las clases particular, profesional B y Extranjeros 2000 kg) o argentino (clase B.1), en cuyo apartado 12.Observaciones figura el código de la UE armonizado 79 (≤ 3,5 t, 2 L).
1.- Si conduce un conjunto de vehículos de los permitidos con el permiso de la clase B (MMA hasta 4250 kg con remolque MMA -750 kg o MMA hasta 3500 kg con remolque MMA +750 kg): Denuncia incumplimiento condiciones restrictivas o menciones especiales que figuran en el permiso de conducción.
2.- Si conduce un conjunto de vehículos para los que se requiere el B (96) o el B+E: denuncia por conducir con un permiso que no habilita para ello.
Un saludo!