Buenos días RGUB, la normativa autonómica reseñada especifica que es obligatoria la prueba sonora a los vehículos domiciliados en alguna población de la Comunidad Valenciana (aquí entraría la duda de cómo lo comprobamos puesto que en el Pcir no se constata el domicilio).
También deriva a que la prueba se reseñe en el informe de la ITV, documento que obligatoriamente han de portar todos los vehículos.
Creo que con esto queda respondida tu pregunta.
De todas formas creo que la prueba sonora ya es obligatoria para todas las comunidades autónomas en cumplimiento de la última Directiva transpuesta a la normativa nacional; si hay alguna CC.AA. que no la realiza y algún compañero puede mencionarla, sería de agradecer.