Bienvenido al foro Normatíva Tráfico

En esta categoría puedes encontrar comentarios referentes a la normativa en tráfico
  • Página:
  • 1
  • 2

TEMA: duplicado de permisos de conducción

Re: duplicado de permisos de conducción 12 años 7 meses antes #74

  • abisal
  • Avatar de abisal
  • DESCONECTADO
  • Karma: 0
Buenas a todos!!

Gracias "quedicelforo" por la matización, posteriormente me dí cuenta del párrafo en cuestión.
Un saludo.
El administrador ha desactivado la escritura pública.

Re: duplicado de permisos de conducción 12 años 7 meses antes #72

Buenas,

Lo tienes en la misma contestación que te ha dado Ray, art. 15.4 RD 818/2009:

Artículo 15. Validez del permiso de conducción en España.

4. El titular de un permiso de conducción expedido en uno de estos Estados que haya adquirido su residencia normal en España quedará sometido a las disposiciones españolas relativas a su período de vigencia, de control de sus aptitudes psicofísicas y de asignación de un crédito de puntos.

Cuando se trate de un permiso de conducción no sujeto a un período de vigencia determinado, su titular deberá proceder a su renovación, una vez transcurridos dos años desde que establezca su residencia normal en España, a los efectos de aplicarle los plazos de vigencia previstos en el artículo 12.

Saludos.
El administrador ha desactivado la escritura pública.

Re: duplicado de permisos de conducción 12 años 7 meses antes #69

  • abisal
  • Avatar de abisal
  • DESCONECTADO
  • Karma: 0
Hola Ray, ante todo enhorabuena por este foro que va cogiendo un nivel muy interesante.
Te planteo la siguiente cuestión, dónde viene recogido expresamente el plazo de dos años al que haces referencia?. Dicho matiz resulta muy importante, ya que tratarse de PNC con vigencia indefinida, obligartíamos de esta manera a que realizaran su inscricipción en la base de datos de la DGT.
Un saludo y gracias por brindaros este espacio para poder, entre todos, aprender a realizar mejor nuestro trabajo.
El administrador ha desactivado la escritura pública.

Re: duplicado de permisos de conducción 12 años 7 meses antes #46

  • Ray
  • Avatar de Ray
  • DESCONECTADO
  • Karma: 11
CON 15 4 5A
Conducir el vehículo reseñado con una autorización que carece de validez en España, por no haber solicitado su renovación en la JPT. 200€

Se denunciará por esta opción a los titulares de permiso de conducción comunitario de vigencia indefinida, que lleven residiendo en España más de 2 años.

Este artículo no viene en el codificado de la DGT, pero sí lo he añadido en el Codificado de Infracciones en Vías Urbanas, basándome en el RGCON.
El administrador ha desactivado la escritura pública.

Re: duplicado de permisos de conducción 12 años 7 meses antes #41

Buenas,

Concretamente el artículo del RGCond que nos habilita a la recogida del permiso de conducir es el siguiente. Lo que desconocía es que fuera denunciable, ¿En base a qué artículo?

Saludos.

Artículo 11. Duplicados.

3. El titular de un permiso o licencia de conducción al que se le hubiera expedido duplicado por sustracción o extravío deberá devolver el original de éste, cuando lo encuentre, a la Jefatura Provincial de Tráfico que lo hubiere expedido.

4. La posesión del permiso o licencia original y de un duplicado de éstos dará lugar a la recogida inmediata del original para su remisión a la Jefatura Provincial de Tráfico que, de resultar falsa la causa alegada para obtener el duplicado, dará cuenta del hecho a la autoridad judicial por si pudiera ser determinante de responsabilidad penal.
El administrador ha desactivado la escritura pública.

Re: duplicado de permisos de conducción 12 años 8 meses antes #24

Hola compis, como ya bien se dice, viene recogido como infracción en el reglamento general de conductores, y se han de retirar. La realidad es que, por lo menos en mi Jefatura Provincial de Tráfico, cuando alguien va a renovar su carné, le permiten quedarse con el viejo de recuerdo. Por mi parte, nosotros lo que hacemos es quitarlos para que sean mandados al órgano competente y realizamos un informe interno.
El administrador ha desactivado la escritura pública.
  • Página:
  • 1
  • 2
Moderadores: Ray
Tiempo de carga de la página: 0.073 segundos
Gracias a Foro Kunena