Como tu dices el 91.2 del RGC, establece como parada o estacionamiento en lugares peligrosos o que obstaculizan gravemente la circulación "cuando se obstaculice la utilización normal del paso de salida o acceso a un inmueble" de personas o animales, "o de vehículos" en un vado señalizado correctamente.
Es decir si no va a entrar ningun vehiuclo al garage, porque sencillamente no tiene,, pues no obtaculiza la salida o acceso a inmuebles de vehiculo, por tanto nos encontrariamos en el supuesto de "estacionar en un vado sin obtaculizar el mismo", por tanto deberia denunciarse, pero no retirar el vehiculo, ya que esto se realiza cuando se obtaculiza gravemente la circulación, y el acceso a un garage mediante un vado, es circular....
Que opinan???