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TEMA: LIE

Re: LIE 11 años 5 meses antes #862

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Buenas noches.
Para ampliar un pocobla información paso.a citar lo que expone el RGCon sobre el concepto de residencia normal:

Disposición adicional segunda. Residencia normal.

A efectos de la aplicación del presente reglamento se entenderá por «residencia normal» el lugar en el que permanezca una persona habitualmente, es decir, durante al menos ciento ochenta y cinco días por cada año natural, debido a vínculos personales y profesionales, o, en el caso de una persona sin vínculos profesionales, debido a vínculos personales que indiquen una relación estrecha entre dicha persona y el lugar en el que habite.

No obstante, la residencia normal de una persona cuyos vínculos profesionales estén situados en un lugar diferente del de sus vínculos personales y que, por ello, se vea obligado a permanecer alternativamente en diferentes lugares situados en dos o varios Estados, se considera situada en el lugar al que le unan sus vínculos personales, siempre que vuelva a dicho lugar de una forma regular. Esta última condición no será necesaria cuando dicha persona permanezca en un Estado para desempeñar una misión de una duración determinada. La asistencia a una universidad o escuela no implicará el traslado de la residencia normal.

En todo caso, únicamente se entenderá por residencia normal la permanencia en España en situación regular que deberá ser debidamente acreditada, de acuerdo con lo dispuesto en la Ley Orgánica 4/2000, de 11 de enero, sobre derechos y libertades de los extranjeros en España y su integración social."

Yo considero que el.procedimiento a seguir en el caso que planteas seria denunciar por el art. 26 LO 1/92 por no obtener el documentacion personal obligatorio (registro extranjero UE). Y entiendo que deberia emplazarse al infractor para corregir su situación,y tras realizar el tramite podria comenzar a computarse los 30.dias de rigor para la LIE.

No obstante me parece poco habitual el extranjero comunitario que no se ha inscrito en el mentado registro, atendiendo a que el otorgamiento de NIE les permite efectuar muchos tramites administrativos que les pueden interesar.

¿POLIXATO te has encontrado mucho el caso que expones o es una duda sobrevenida?

Un saludo.
Saludos
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Re: LIE 11 años 5 meses antes #861

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Buenas tardes.
El principal punto seria podrer acreditar la estancia superior a 3 meses del ciudadano UE, y de ser asi ya es sancionable por la 1/92.
Para aplicar LIE se debe considerar la fecha de entrada del vehiculo, si esta no fuese posible acreditarla se entendera como inicio la residencia o la matriculación, lo que sea mas reciente.
Por.otro lado creo recordar que a efectos de trafico se considera la residencia normal la superior a 180 dias al año en el pais, por lo que entiendo que no debe aplicarse LIE hasta superar dicha fecha. Luego estara el problema en acreditar dichos plazos de estancia
Saludos
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LIE 11 años 5 meses antes #860

Hola a todos, quería preguntar una cuestión sobre ley de impuestos especiales. A modo introductorio, estarán sujetos a dicho impuesto y obligados a una matriculación definitiva de un vehículo comunitario que circule por españa 30/60 dias según el caso, aquellos ciudadanos o entidades que sean RESIDENTES en España o que sean titulares de establecimientos situados en España.

Bien, entonces mi pregunta va relacionada para el mismo supuesto pero que el ciudadano no tenga residencia y que el periodo en España con su vehículo sea superior a tres meses.

La normativa sobre entrada, circulación y residencia en España de miembros de la UE (RD 240/2007, art.7), se interpreta que la estancia por un periodo superior a tres meses se convierte en residencia, con la obligación de solicitar un certificado de registro de ciudadano de la UE.

Entonces a partir de los tres meses haya o no solicitado el certificado de registro de la UE se consideraría resiencia y empieza a computar el plazo de 30/60 dias????

Un saludo, lo digo porque es complicado poder meter mano para aquellas personas que viajen por España no soliciten el certificado...

Gracias por las aportaciones...
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