En esta categoría puedes encontrar comentarios referentes a Extranjeros y documentoscopia
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TEMA: ITV vehículos extranjeros

Re: ITV vehículos extranjeros 11 años 10 meses antes #553

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¿las idas y venidas del vehículo extranjero no se consideran estancias si no son superiores a 3 meses?
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Re: ITV vehículos extranjeros 11 años 10 meses antes #534

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ok, mil gracias compas!!! Un saludo!
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Re: ITV vehículos extranjeros 11 años 10 meses antes #533

  • Ray
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El Agente es el que debe comprobar que tiene residencia y así lo reseñará en el acta según quede constancia: certificado de registro de ciudadano de la unión....
Si es español más todavía.
Es el conductor del vehículo el que debe justificar entrada en territorio español.
Date cuenta que un extranjero de la UE cuando viene a residir a España obtiene certificado de registro de ciudadano de la unió al instante, pues, entre otros casos, si comete una infracción de tráfico debe pagarla al momento.
En la Agencia Tributaria si reciben un acta, dos o más les sirve más aún para justificar que ese vehículo está circulando y así ha sido observado por Agentes.
Hay que levantar acta siempre que lo observemos.
Aunque en otras autonomías trabajan de forma diferente (y por cierto, de forma excelente) por lo que se debe exigir protocolo de actuación policial por LIE a nuestros mandos!!!!
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Re: ITV vehículos extranjeros 11 años 10 meses antes #532

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La ITV está claro. Gracias. Pero la LIE.... El conductor no me va a poder o querer demostrar cuando el vehículo ha entrado en España (se saben el tema), por lo tanto y siempre que no conste otra actuación en SIGO anterior, no puedo levantarle el acta de los 5 días. O se la levanto y que sea él el que demuestre que no usa el vehículo de forma habitual en España??? Gracias compas.
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Re: ITV vehículos extranjeros 11 años 10 meses antes #531

La lie si es de aplicación, la lie dice uso de veiculo en territorio nacional, asi que si corresponde la actuacion.

la itv ya te comento ray.

p.d- te recomiendo siempre pasar por Guardia civil la placa del vehiculo y comprobar si el mismo a sido controlado en algun otro punto de españa y quien era el conductor. te llevas muchas sorpresas que refuerzan tu actuacion

saludos
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Re: ITV vehículos extranjeros 11 años 10 meses antes #529

  • Ray
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Carencia de la inspección periodica en el vehículo italiano: denuncia Art. 10 RGV haciendo mención a la Directiva 2009/40CE. La intervención igual que un vehículo español con la salvedad que sería difícil cobrar la denuncia si va al titular que no está en territorio nacional, pero eso ya es competencia de la JPT.
La LIE sí se le puede y debe aplicar puesto que es la conducción habitual por conductor que, sea o no, titular el que está obligado tributariamente.
Es el conductor el que debe acreditar cuándo ha entrado en territorio nacional ese vehículo.
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