Polixato escribió:
Entonces denunciais por conducir un vehículo con un permiso de conducción "no válido" en España con un PIC de viena sin su PNC, con la consecuente inmovilización no????
Buenas,
Pues con la normativa en la mano, se inmoviliza o conductor sustituto, pero se puede dar el caso que el infractor no tenga residencia legal en España, así que...
Por otro lado, una reflexión que hago con los PIC:
- 1.- Si presenta el de Ginebra, no hay problema. Así lo establece el reglamento de conductores.
- 2.- Si presenta el de Ginebra y el mismo PIC dice que debe ir acompañado del PNC. ¿Qué hago? Aplico punto 1 aunque no muestre el PNC, haciendo caso omiso a lo que dice el PIC expedido por otro país y aplicando el reglamento de conductores, o sea, que lo doy por válido. O por el contrario, me ciño a lo que dice el PIC de que me debe mostrar el PNC.
Algunos PIC de Bolivia dicen literalmente: "Este documento internacional debe ser presentado en el exterior conjuntamente con la licencia de conducir nacional en vigencia"
Bueno, pues por mi parte con los de Ginebra, los doy válidos tanto si me muestra el PNC como si no.
Saludos.