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TEMA: PERMISO DE CONDUCIR DE RUMANIA

PERMISO DE CONDUCIR DE RUMANIA 8 años 3 meses antes #2215

  • JUNCU
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La información que yo tengo, contrastada con la DGT y la que nos sirvió para tramitar cientos de canjes europeos, sobre todo carnets de Rumanía es esta:
"PERMISO DE CONDUCCIÓN COMUNITARIO EN ESPAÑA

Los ciudadanos comunitarios no tienen la obligación de canjear o inscribir su permiso de conducción en España, es voluntario. ¿Siempre? NO.

Hay casos diferentes que se clasifican en lo siguiente:
RENOVACION, INSCRIPCIÓN, SUSTITUCIÓN Y CANJE

RENOVACION
1. Titulares de permisos de conducción Comunitarios caducados próximos a caducar
2. Titulares de un permiso de conducción Comunitario con un plazo de vigencia indefinido, o superior a 15 años para el grupo 1 (AM, A1, A2, A, B, B1 y BE) y superior a 5 años para el grupo 2 (BTP, C1, C1+E, C, C+E, D1, D1+E, D y D+E).
A pesar de que los conductores españoles están obligados a renovar su carné cada 5 o 10 años, los conductores rumanos residían en España exentos de realizar dicho trámite. Pero a partir del 19 de enero, la nueva Directiva Europea sobre el permiso de conducir obliga a todos los conductores a renovar su carné en los mismos plazos y condiciones que los conductores nacionales a partir de los dos años en que adquieran la residencia en su territorio, independientemente del país comunitario donde se obtuvo y del período de vigencia otorgado.
Por ejemplo: Un titular de un permiso de conducción rumano del grupo 2, expedido por un periodo superior a 5 años, con residencia legal en España obtenida el 19/01/2013 o anterior a esta fecha, deberá renovar su permiso de conducción a partir del día 19/01/2015. Pongo este ejemplo en particular porque hay permisos rumanos de la categoría 2 se expedidos tanto por 5 años como por 10 años, y, en consecuencia, los que los tengan expedidos por un plazo superior a 5 años, tienen la obligación de renovarlo. Al renovar el permiso de conducir, igual que al canjearlo se entrega el permiso de conducción rumano para obtener el permiso español equivalente.

INSCRIPCIÓN
La inscripción es un trámite voluntario que el titular de un permiso de conducción comunitario puede solicitar ante cualquier Jefatura Provincial, Jefatura Local u Oficina Local de Tráfico. Solo se pueden inscribir los permisos de conducir modelo de permiso de conducción europeo.
La inscripción es el único trámite que permite mantener el permiso de conducción rumano, siempre que no proceda renovación (grupo 2, ejemplo citado)

SUSTITUCIÓN
Sustitución del permiso en caso de sustracción, extravío o deterioro del original por el correspondiente español. En caso de sustracción, extravío o deterioro del permiso de conducción expedido en Rumanía (que estuviera en vigor), su titular con residencia normal en España, podrá solicitar un duplicado en cualquier oficina de Tráfico, aportando el certificado de autenticidad de esté emitido por el Consulado de su país.

CANJE
Canje del permiso por otro español equivalente. Es un trámite voluntario (siempre que no proceda renovación, grupo 2, ejemplo citado) que puede ser solicitado por el titular de un permiso de conducción expedido en Rumanía ante cualquier Jefatura Provincial, Local u Oficina Local de Tráfico.

En líneas generales, Los permisos de conducción expedidos por otros países de la Unión son, por lo tanto, válidos en España, también para los residentes. Los ciudadanos comunitarios que tengan un permiso extranjero y sean residentes en España, pueden, no siendo una obligación, solicitar el canje de su permiso extranjero por uno español. Pero con independencia de ello, quien tenga su residencia en España quedará sometido, de acuerdo con el artículo 15 del Real Decreto, a las disposiciones españolas respecto de:
- Periodo de vigencia
- Control de las aptitudes Psicofísicas (mediante la presentación de un certificado médico)
- Asignación de un crédito de puntos (el llamado carné por puntos)
Ahora bien, si un ciudadano rumano, residente en España, poseedor de un permiso de conducción rumano decide conducir con el permiso de conducción rumano sin hacer ninguno de los tramites arriba citados (salvo la renovación que es obligatoria en los casos citados), no puede tener asignado un crédito de puntos, por lo tanto no se somete a las disposiciones españolas.
Ya que el tema es muy complejo, y que, al parecer lo que la Dirección General de Trafico dicta no se aplica a pie de letra en todas las Jefaturas Provinciales o los agentes en ocasiones parecen tener otra interpretación de las normativas y siguen multando por “Conducir un vehículo a motor si permiso que habilita a hacerlo”, “Conducir el vehículo reseñado careciendo de autorización administrativa para conducir”, que suelen ser las multas más comunes para los ciudadanos rumanos que todavía no han registrado de una manera u otra su permiso de conducción en la DGT, lo más indicado es seguir uno de los tramites arriba citados, sea por que estén obligados a ello o voluntario y así evitar sanciones indeseables y el trámite para la anulación de las mismas.

Como conclusión de este artículo, en base a la nueva directiva de 19/01/2015:
- Los ciudadanos rumanos que han tratado de hacer el canje de su permiso y le ha sido denegado porque no reunía los requisitos impuestos por la DGT o por tener el permiso obtenido después del NIE (pero antes del 01/19/2013) pueden pedir el canje nuevamente y sin necesidad de acreditar la residencia permanente en Rumanía (185 días) en el periodo que obtuvo el permiso de conducir. Deben pedirlo en la misma Jefatura que le hayan rechazado el canje.
- Si hay casos en los que el canje se realizó renunciando a las categorías superiores, porque solo cumplían los requisitos para canjear los permisos de la categoría 1 (válida para aquellos que hayan obtenido un permiso de conducir de categoría 2 en Rumanía, durante la residencia en España y antes de 19.01.2013), pueden solicitar la recuperación de las categorías por las cuales ha firmado renuncia."

Si ya llevamos desde enero 2013 tramitando los canjes según éstos criterios, que va a cambiar a partir de enero 2016? Ya que no veo diferencia alguna entre los requisitos de ahora y los que entrarán dentro de un mes.
Un saludo y gracias por todas las respuestas.
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PERMISO DE CONDUCIR DE RUMANIA 8 años 3 meses antes #2213

RGUB escribió:

En los casos que el PNC se renueve por caducudad pero cumpla el modelo único europeo, desconozno si procederán a reseñar la nueva fecha de caducudad y permitirán que continue con el PNC originario, pero lo que veo más probable es que se expida uno español.

Un saludo.[/color]

El procedimiento de renovación contemplado en la Instrucción DGT 15/C-118 resulta igualmente de aplicación a los permisos sujetos a plazos de vigencia limitados (se entiende ajustados al art. 7 DIrectiva 2006/126/CE) cuya vigencia expire o esté próxima a expirar siendo sus titulares residentes legales en territorio nacional.

Un saludo!
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"TRÁFICO. VIGILANCIA Y CONTROL"
Manual de referencia en materia de tráfico, circulación de vehículos y seguridad vial.
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PERMISO DE CONDUCIR DE RUMANIA 8 años 3 meses antes #2212

Incluso con carácter anterior a dicha modificación legal, el procedimiento articulado por la DGT para la renovación de dichos permisos contempla la retirada del permiso objeto de renovación; Instrucción DGT 15/C-118, fechada a 15de enero de 2015:

A continuación le expedirá un AUTE y retirará el permiso de conducción comunitario, para su devolución al país de expedición"

Cierto es que hace tiempo se realizaba la anotación de renovación sobre el permiso europeo no sujeto a plazo de vigencia.

Un saludo!

P.D.: JUNCU creo que el pequeño malentendido en relación con la inscripción/canje surgía por el hecho de considerar de forma global la totalidad de permisos UE/EEE; como bien te han comentado debes discriminar si el permiso está o no sujeto a los plazos de vigencia contemplados en el art. 7 de la tercera Directiva sobre el permiso de conducción.
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PERMISO DE CONDUCIR DE RUMANIA 8 años 3 meses antes #2211

  • RGUB
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Hola agenjo.

Imagino que la ponencia a la que asistisge fue anterior a la publicación del nuevo RGCond, que entrrá en vigor en enero de 2016.
En el nuevo reglamento se suprime el aft 15.5, que era el que permitía a su titular permanecer con su PNC tras la renovación. Esto se hará así para que los PNC se acojan a un modelo único.

Concretamente el preambulo del nuevo RGCond cita:

[...]Por último, la puesta en aplicación plena desde el día 19 de enero de 2015 de la Directiva 2006/126/CE, del Parlamento Europeo y del Consejo, de 20 de diciembre de 2006, y sin excepciones en ningún Estado miembro de la Unión Europea, supone la implantación efectiva de un modelo único de permiso de conducción en todos los Estados miembros, cuyas características y plazos de vigencia también han de ser armonizados de acuerdo a sus prescripciones/color]

Esta medida hace necesario suprimir el apartado 5 del artículo 15 que permite al titular de un permiso de conducción no ajustado al modelo único de la Unión Europea, ni sujeto a los mismos plazos de vigencia, mantener su permiso de conducción cuando solicite su renovación en España por los motivos previstos en el artículo 15.4, por cuanto iría en contra de la citada Directiva, de manera que, ya no se le devolverá el documento original que hubiera presentado y se le expedirá el que ya es común en toda la Unión Europea.[...]


En los casos que el PNC se renueve por caducudad pero cumpla el modelo único europeo, desconozno si procederán a reseñar la nueva fecha de caducudad y permitirán que continue con el PNC originario, pero lo que veo más probable es que se expida uno español.

Un saludo.
Saludos
Última Edición: 8 años 3 meses antes por RGUB.
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PERMISO DE CONDUCIR DE RUMANIA 8 años 3 meses antes #2210

  • Agenjo
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RGUB escribió:
Hola.
Los PNC europeos, incluye Rumania, no estan obligados a canjear el PNC, deberan renovarlos en el pais de residencia, España si es el caso, cuando venza su vigencia. Para los casos de PNC vitalicios o cuya vigencia supere 15 años, deberan renovarlo en el plazo máximo de 2 años desde que adquieran residencia normal. Realizada la solicitud de renovación se registrara en el sistema informatico la reseña RCOM hasta la formalizacion del trámite.

La Renovación implica la expedición de un PNC español y la devolución del PNC expirado al país emisor.

Si antes de la realización de esos trámites, el titular del PNC comete infracción con detracción de puntos se realizara el registro del permiso, retando los puntos pertinentes.

Un saludo

Saludos RGUB. no hace muchos meses asistí a un curso en el cual el ponente (de la DGT) comentó:
"Cuando paréis a cualquier conductor extranjero y ha renovado el PNC, "no procedemos" a retirarle el original, sigue con el mismo.
En los permisos de "PVC" se le pone el número de NIE.
Por eso me llama la atención lo que expones. ¿RGUB en que te basas?
Última Edición: 8 años 3 meses antes por Agenjo.
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PERMISO DE CONDUCIR DE RUMANIA 8 años 3 meses antes #2208

  • RGUB
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Los permisos de categoría 2, deben renovarse máximo a los 5 años, si desea hacer uso de ellos.
Por tanto, residete con mas de 2 años desde el 19-1-13 que desee usar clases de categoría 2, debe renovarlo antes de 5 años desde la expedición.
Saludos
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