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TEMA: Canje PNC Rep. Corea posterior a residencia?????

Re: Canje PNC Rep. Corea posterior a residencia????? 10 años 6 meses antes #1615

Davidgoms Es rosansa no rosana, jajajaj tas perdonado.

A lo que vamos el convenio lo he leido, el extracto que has puesto no responde a la pregunta, ahí no pone porque un coreano que adquiere la residencia en España se va después a su pais se saca allí su permiso de conducir y viene a España y lo puede canjear posterior a la residencia.

De todas maneras gracias por la respuesta, seguiremos indagando.
"El agua no horada la piedra por su fuerza, sino por su constancia"
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Canje PNC Rep. Corea posterior a residencia????? 10 años 6 meses antes #1614

Hola Rosana,
Te copio el estracto del Acuerdo entre el Reino de España y la República de Corea, BOE nº 22 del 26/01/2000.
1. España y Corea reconocen recíprocamente los
permisos de conducción nacionales expedidos por las
autoridades de los dos países, siempre que se encuentren
en vigor.
2. El titular de un permiso de conducción válido y
en vigor expedido por uno de los Estados contratantes
está autorizado para conducir temporalmente en el territorio
del otro Estado vehículos a motor de las categorías
para las cuales su permiso sea válido, durante el tiempo
y en las condiciones que determine la legislación nacional
del país donde se pretenda hacer valer esta autorización
.
3. Pasado el período indicado en el apartado anterior,
el titular de un permiso de conducción expedido
por uno de los Estados que establezca su residencia
normal en el otro Estado, podrá canjear su permiso por
el equivalente del Estado de residencia, sin tener que
realizar un examen de conducción.
.
En el estracto del convenio que te he marcado, creo entender que se efectua canje una vez pasados los 6 meses, a mi entender.
Un saludo
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Re: Canje PNC Rep. Corea posterior a residencia????? 10 años 8 meses antes #1516

Intereses políticos, acuerdos entre los de la trona que firman los acuerdos.
Última Edición: 10 años 8 meses antes por lluiset. Razón: error ortográfico
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Canje PNC Rep. Corea posterior a residencia????? 10 años 8 meses antes #1504

Archivo Adjunto:

Nombre del Archivo: 01_canje_pc_japon_corea_andorra_y_suiza_27_05_2013.pdf
Tamaño del Archivo: 58 KB

Hola a ver si alguien me puede explicar cual es el motivo por el cual el PNC Rep. Corea si que se puede canjear según DGT aunque se obtenga después de haber obtenido residencia legal en España.

Extracto extraido de la web:

www.dgt.es/was6/portal/contenidos/docume...suiza_27_05_2013.pdf

CANJE DEL PERMISO DE CONDUCCIÓN DE JAPÓN, REPÚBLICA DE COREA, ANDORRA Y SUIZA

NO SE CANJEAN:

- LOS PERMISOS OBTENIDOS CON FECHA POSTERIOR A LA FIRMA DEL CONVENIO SIENDO RESIDENTE LEGAL EN ESPAÑA. (EN EL CASO DE LA REPÚBLICA DE COREA LA FECHA DE OBTENCIÓN DEL PERMISO PUEDE SER POSTERIOR A LA DE LA RESIDENCIA
LEGAL
)
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