Buenas tardes.
En una situacion donde un conductor dispone de 2PNCs de diferentes estados donde encontramos el PNC de pais extranjero UE mas antiguo y con la caducidad mas proxima donde se dispone de 2 clases habilitantes( A,B ) y por otro lado un PNC español que proviene de obtencion, no de canje, y en el que solo dispone de clase B y con la caducidad mas tardia que el anterior, cual intervendriais en virtud del art. 1.4 RGCon.?
Debemos tener en cuenta que su residencia normal es en españa.
De cara a realizar un informe a la JPT, considerais de interes hacer mencion de las manifestaciones del titular del PNC donde en un alarde de sinceridad dice que obtuvo otro PNC para disponer de mas de uno ya que suele conducir velozmente y asi poder continuar conduciendo cuando le retiran uno. A este respecto manifiesta que ya le ha sido retirado en otro estado UE diferente a los expedidores de sus PNCs. Desconocemos si fye privado del derecho a conducir en el momento de cometer la infraccion que provoco la mencionada retirada del PNC y si la JPT puede o querria indagar mediante la embajada correspondiente una posible conduccion durante la posible perdida de vigencia del PNC a raiz de las retiradas que manifiesta la persona.
Podriamos estar ante un delito contra la S.V. y encontrarnos atados de manos para actuar debido al desconocimiento de las perdidas de vigencia declaradas por paises extranjeros UE .
Se agradecen los aportes tempranos que puedan favorecer el informe que en breve se enviara a la JPT.
Saludos